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ONGI ETORRI

DESDE AGOSTO YA RIGE EN ESPAÑA EL CONVENIO DE ESTAMBUL SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Ago 21, 2014

Este Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (llamado «Convenio de Estambul») ya ha entrado en vigor de forma general y para España desde el 1 de agosto de 2014 puesto que se ha alcanzado ya el número mínimo de diez Estados miembros de la organización que lo han ratificado, healing tal y como estipula el artículo 75 del citado Convenio (lo habian firmado en julio ya Albania, pilule Andorra, Austria, Bosnia y Herzegovina, Dinamarca, Italia, Montenegro, Portugal, Serbia, España y Turquía). La firma de este convenio por España fue publicada en el BOE del viernes 6 de junio de 2014 ( y proviene del acuerdo firmado en Estambul en mayo de 2011)

Puedes ver el texto del convenio en este enlace:TEXTO DEL CONVENIO ESTABLECIDO POR CONSEJO DE EUROPA EN ESTAMBUL

Texto publicado en el BOE: CONVENIO PARA ESPAÑA

La importancia del Convenio estriba en que supone el primer instrumento de carácter vinculante en el ámbito europeo en materia de violencia contra la mujer y la violencia doméstica, y es el tratado internacional de mayor alcance para hacer frente a esta grave violación de los derechos humanos, estableciendo una tolerancia cero con respecto a la violencia hacia la mujer. La violencia contra la mujer se reconoce en el Convenio como una violación de los derechos humanos y como una forma de discriminación, considerando responsables a los Estados si no responden de manera adecuada.

Los fundamentos del Convenio son:

1. Prevenir la violencia, proteger a las víctimas y entablar acciones judiciales contra los agresores.
2. Sensibilizar y hacer un llamamiento a toda la sociedad, especialmente a los hombres y niños, para que cambien de actitud y rompan con una cultura de tolerancia y negación que perpetúa la desigualdad de género y la violencia que la causa.

3. Destacar la importancia de una actuación coordinada de todos los organismos y servicios oficiales pertinentes y la sociedad civil.
4. La recogida de datos estadísticos y de investigación sobre todas las formas de violencia contra la mujer.

El Convenio contempla como delito todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso, el aborto forzado y la esterilización forzada. Esto implica que los Estados deberán introducir en sus sistemas jurídicos estos delitos.

A pesar de lo que se ha tardado en firmarlo, la práctica totalidad de las conductas incluidas en el Convenio son perseguidas en el ordenamiento jurídico español. El matrimonio forzado se introduce como delito en el Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal, que está tramitándose en el Congreso. Además, el análisis del nivel de cumplimiento del Convenio por parte de España en la actualidad es muy elevado.

MÁS INFORMACIÓN
Puedes acceder al informe de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) que presenta los resultados de la mayor encuesta del mundo realizada sobre la violencia contra las mujeres.

Accede a la Encuesta sobre Violencia de Género contra las mujeres a nivel de la Unión Europea