EL ESTADO ESPAÑOL AL MARGEN DE LA LEY
La clausura de diarios viola los derechos humanos
(Fuente: Diario GARA). Un grupo de expertos en Derecho internacionalmente reconocidos que han analizado los casos de los cierres de «Egin», cialis Egin Irratia y «Euskaldunon Egunkaria» ha sentenciado que la actuación de las autoridades españolas viola el artículo 20 de la Constitución española y los artículos 10 y 15 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Dentro del Plan de Acción en Defensa y Promoción de los Derechos Civiles y Políticos del Gobierno de Lakua, search el Depar- tamento de Justicia había en-cargado un informe sobre los cierres de estos medios de comunicación a Kai Ambos (Universidad de Göttingen, Alemania), Juan Luis Gómez Colomer (Universidad de Castellón), Luis P. Salas Calero (Universidad Internacional de Florida, Estados Unidos) y John Vervaele (Universidad De Utrecht, Holanda). Las principales conclusiones del informe fueron dadas a conocer en el marco de una jornada sobre «Medios de comunicación y conflicto» que tuvo lugar en Donostia. También han participado en la elaboración del texto los profesores Juan Bustos (Universidad de Santiago de Chile), Massimo Pavarini (Universidad de Bolonia, Italia) y Raúl Zaffaroni (Universidad de Buenos Aires, Argentina), que ayer no pudieron estar presentes en el acto del Palacio Miramar.
Los trabajos finales de los juristas por alcanzar una resolución unánime en torno a una cuestión de esta trascendencia, que además afinara en su re-dacción final, se alargaron prácticamente hasta la hora prevista para su presentación pública. (leer más)
El dictamen final -casi una sentencia- concluye que los cierres de «Egin», Egin Irratia y «Euskaldunon Egunkaria» «violan el artículo 20 de la Constitución por implicar como consecuencia práctica una auténtica suspensión del derecho fundamental a la libertad de prensa, un derecho no suspendible salvo en supuestos de estado de excepción y sitio (art. 55.1 de la Constitución)».
Y a esto se añade que «violan los artículos 10 y 15 del CEDH por su carácter desproporcionado al existir otras medidas menos gravosas y traducirse en la práctica en la disolución de unos medios que no podrán volver a ver la luz con independencia del resultado final de los procesos penales en los cuales se ha adoptado la medida»
¿A alguien le pilla de sorpresa?