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ONGI ETORRI

EL SAP (SINDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL)

Feb 9, 2010

RESPECTO A ESTE LLAMADO “SINDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL (SAP), order QUE TANTAS VECES SE ESTÁ ESCUCHANDO EN LOS ÚLTIMOS TIEMPOS, INCLUSO EN MUCHOS DE LOS COMENTARIOS QUE SE HACEN EN ESTE MISMO BLOG QUIERO EXPRESAR MI POSTURAL
Como psicólogo, como trabajador de los Servicios Sociales, una cosa es admitir que existen las consecuencias de cierta alienación ejercida por padres y madres (casi siempre madres en este momento actual) y otra cosa es admitir la existencia de este síndrome como una elemento perfectamente diagnosticable que puede usarse judicialmente.
El SAP, como elemento de diagnóstico, está rechazado hoy en día por la Organización Mundial de la Salud e incluso ha sido desaconsejado por considerarlo por los Colegios de Psicología y Medicina de EEUU, pais donde surgió este nombre, por parte del médico Richard A. Gardner. Estas grandes y prestigiosas asociaciones han alertado de que el PAS de Gardner no ha sido revisado ni reexaminado y que no debiera ser consentido su uso en la justicia, advirtiendo incluso que durante estos 20 años en que ha sido usado en muchas ocasiones ha habido muchos suicidios de menores que han sido obligados a ir con el progenitor contrario.
Hoy en día este síndrome no está incluido entre los manuales de diagnóstico válidos internacionalmente tales como el DSM-IV ni el CIE-10, ni incluso se está estudiando su inclusión todavía.
No niego que se pueda utilizar este nombre en negociaciones, en diálogos, en terapias incluso, como cualquier oro nombre que podamos poner a cualquier disfunción concreta de una persona concreta o como forma de explicar las situaciones o conflictos que ocurran en ciertas situaciones conflictivas entre parejas.
Personalmente me parece peligroso que en ciertos juzgados, sin ser médicos, ni psicólogos…, se atrevan a utilizar este síndrome como base jurídica para una sentencia.
Hoy en día el SAP se está utilizando exclusivamente para denominar situaciones de conflictos graves entre parejas separadas, situaciones muy concretas donde el “todo vale” es muy peligroso por la violencia que se puede generar. Y más habiendo niños y niñas por medio.
El SAP fue introducido por el médico norteamericano Richard A. Gardner en 1985, en un litigio por divorcio con custodia (en el 99% de los casos en que se utiliza este “sindrome” sigue siendo ese contexto: divorcios con custodia de menores, precisamente donde esa violencia intraconyugal no ayuda a nada para poder pensar friamente ni en el verdadero interés de los propios menores. En un principio fue usado pecisamente en casos en que aparecían sospechas o acusaciones de violencia sexual contra menores, denunciadas por uno de los progenitores.
Desde esa fecha es el propio Gardner ha ido reafirmándose a sí mismo (para mucha gente una afán de personalismo enfermizo) y, valiéndose de su propia editorial (Creative Therapeutics), ha publicado más de 30 libros ahondando teóricamente, pero sin fundamentaciones científicas, en ello (al menos no científicamente aceptadas por la comunidad internacional).
Gardner , en sus escritos comenta que para curar este SAP “…en cuanto se diagnostique PAS, el juez deberá cambiar inmediatamente la custodia y tenencia del niño y entregársela al padre falsamente acusado, sin que tome contacto con la madre en ninguna forma…., al comienzo el niño se resistirá, pero pasado un tiempo, comprenderá que había sido sometido a un “lavado de cerebro” y aceptará a su progenitor…, también el tribunal deberá indicar una psicoterapia con un profesional designado por el juez y….sólo se restablecerá el vínculo con la madre cuando al cabo de por lo menos tres meses, el niño sea reevaluado por un profesional especialista en PAS que pueda decir si podría reestablecerse el contacto con ella…” (Gardnner. “The parental Alienation Syndrome”). A mi este párrafo de Gardner me parece impresionantemente peligroso y el niño un sujeto pasivo, que no sabe nada y que se le programa y reprograma a la medida de lo que un juez designe…, terrible.

Bueno, entonces…¿Por qué entonces tanto empeño en que esto aparezca como científicamente irrefutable?…, sencillamente porque se está utilizando para los casos de custodia de menores.
En alguna ocasión se ha recurrido a este síndrome para cambiar la custodia de un progenitor a otro. Estamos hablando de menores, ¿no es suficientemente importante como para andar con extremo cuidado?.
Muchos hombres, y alguna mujer, me han escrito ya para expresar precisamente lo contrario a lo que estoy diciendo ahora mismo. Me hablan de que el cónyuge está alineando a su hijo para que le odie a él (o ella), que les amenazan con retirar por completo la custodia, que….
Pero siempre ocurre lo mismo, si entrevistas a la otra parte dice exactamente lo contrario, habla de violencia incluso. Son pues situaciones de confrontación extrema entre dos personas, con el agravante de haber niños en medio. No es lo más adecuado por ello establecer sentencias mediante un síndrome no aprobado internacionalmente.
Sé que ahora mismo estaréis algunos despotricando contra mí por ello. Soy consciente de que es un tema muy delicado porque muchos de vosotros lo estáis sufriendo en vuestras propias carnes pero las cosas tienen un camino, y este camino es el que es, y no podemos legislar en base a casos muy concretos y particulares.
Lo mismo que critico la Ley de Igualdad, por el mismo motivo, no pudo dejar de escribir sobre este tema del SAP.
Gardner simplifica la psicología de un niño al pensar que habla en boca de lo que le ha dicho su madre que diga. Habitualmente no es así, un niño de 12 años sabe bien lo que dice y porqué lo dice. Lo mismo que sabemos que las denuncias falsas de mujeres son una abrumadora minoría, también en este caso es similar. Habrá, por supuesto, casos de niños a los que un progenitor le ha “adoctrinado”, le ha “comido el coco” diciendo lo malo que es el otro pero…¿acaso no es habitual en esos casos que desde el otro lado le estén diciendo lo mismo del primer progenitor?. Pensémoslo, no solo con nuestro caso particular, por muy sangrante que sea, sino en general.
En resumen, la alineación parental existe, sin duda, lo que no considero es que se hable de un “Sindrome” de alineación parental diagnosticable hoy en día.
Ya sé que hay mucha gente que habla de ello, pero por cada uno que habla de su existencia, 100 lo niegan, cien bien informados también, profesionales de la psicología y medicina, no jueces ni abogados. Como modelo teórico es perfecto y debe ser analizado en todos los procesos de negociación, pero como modelo médico psicológico, no debiera ser utilizado.

Estos días he estado leyendo una sentencia judicial (de 2008 en Bizkaia) en la que se fallaba a favor del recurso de una mujer contra la sentencia que la condenaba por Desobediencia, por impedir la visita de su hijo a su padre biológico argumentando que el menor no quería verlo y para ello habiéndose invocado SAP por parte de la madre. El juez estima que la madre ha incurrido en una falta reiterada de incumplimiento de obligaciones familiares pero estima que, a mi modo de ver con buen criterio, dicho síndrome no puede ser aplicado como base jurídica y que incluso, en ciertos casos podría devenir en una nueva forma más de violencia contra las mujeres por lo que absolvía ala mujer del delito de desobediencia.
Estamos en lo que decía al principio, existen muchas y muy sangrantes ocasiones en que padres y madres emplean a sus hijos como un arma arrojadiza contra el otro cónyuge, por ese motivo la justicia no puede dar palos de ciego aplicando diagnósticos apresurados de los que no entiende además. Hay que eliminar esas actitudes de ciertas madres (y digo madres porque son las que en el 99% de los casos tiene la custodia) pero no de esta forma tan peligrosa (como también he dicho cientos de veces que debieran castigarse las denuncias falsas muy contundentemente, en el momento que se prueben, puesto que cada denuncia falsa es una piedra inmensa contra la igualdad y contra la eliminación de la violencia inter-sexos)
Saludos.

NOTA a 27 de septiembre de 2011; Esta entrada tiene ya los comentarios cerrados pero  leerlos aquí y ver la última entrada sobre este tema,  y comentar si lo deseas, en la siguiente dirección: DECLARACIÓN DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NEUROPSIQUIATRÍA