Muchas de gestiones relacionadas con la extranjería pueden realizarse via ON LINE y/o mediante CITA PREVIA, rx sin tener que esperar colas posteriores.
En varias entradas quiero tratar estos dos temas de citas previas y de gestiones por internet puesto que son muchas las consultas que recibo de ello y me es imposible contestaros individualmente a cada uno/a.
En el caso de ESPAÑA, medicine mediante cita previa pueden agilizarse los trámites relacionados con:
AUTORIZACIONES DE TRABAJO Y RESIDENCIA POR CUENTA AJENA INICIAL
La solicitud debe ser realizada por el empleador o su representante autorizado.
AUTORIZACIONES DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR
La solicitud de cita debe ser realizada por el reagrupante o su representante autorizado.
AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA DE MENORES O INCAPACITADOS
La solicitud debe ser realizada por el padre o la madre o el representante legal (no es necesaria la presencia del menor).
RESTO DE AUTORIZACIONES
La solicitud de cita debe ser realizada por el ciudadano extranjero o su representante autorizado.
Estos son los enlaces para solicitar CITA PREVIAEXTRANJERIA
Una vez descargados los impresos, allergist habrá que acercarse con ellos rellenados el día y hora establecido en cualquiera de las oficinas de extranjería.
En CATALUÑA muchos de los trámites se hacen desde las Oficinas de Trabajo de la propia Generalitat.
En el caso de necesitar alguno de los siguientes trámites en Cataluña, debes entrar en el siguiente enlace: www.oficinadetreball.gencat.cat (para el resto de casos que no aparezcan en este listado, remitirse al primer enlace de esta entrada):
1. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena.
2. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los trabajadores extranjeros que sean necesarios para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos.
3. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los extranjeros que hubieran gozado de la condición de refugiado durante el año siguiente a su cese.
4. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los reconocidos como apátridas y los que hubieran perdido tal condición durante el año siguiente a la terminación de dicho estatuto.
5. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los trabajadores extranjeros que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española.
6. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los extranjeros nacidos y residentes en España.
7. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los extranjeros que sean hijos o nietos de español de origen.
8. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los menores extranjeros en edad laboral con autorización de residencia que sean tutelados por la entidad de protección de menores competente.
9. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para los extranjeros que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante cuatro años naturales, y hayan retornado a su país.
10. Autorizaciones para trabajar por cuenta ajena inicial por ser titulares de residencia por circunstancias excepcionales, por ser desplazados o tener la condición de familiar de asilado.
11. Autorizaciones de trabajo por cuenta ajena de carácter temporal para personal de alta dirección, deportistas profesionales, artistas en espectáculos públicos, así como otros colectivos que se determinen por la normativa estatal a los exclusivos efectos de posibilitar la concesión de este tipo de autorización, cuya relación de trabajo se desarrolle únicamente en Cataluña.
12. Autorizaciones de trabajo por cuenta propia.
13. Autorizaciones de trabajo por cuenta propia o ajena para trabajadores transfronterizos.
14. Autorizaciones de trabajo para estudiantes o investigadores cuya relación laboral se inicie y desarrolle en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.
15. Supuestos de modificación de la situación de residencia a la de residencia y trabajo por cuenta ajena en los supuestos del artículo 96.3 del Reglamento, en relación con el artículo 41.6, para el cónyuge o los hijos reagrupados cuando se solicite una autorización para trabajar a tiempo completo con duración del contrato inferior a un año, que de lugar a una retribución inferior al salario mínimo interprofesional a tiempo completo en cómputo anual, o si se trata de autorizaciones a tiempo parcial.
16. Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena en las que se alegue ser hijo o cónyuge del extranjero con autorización renovada, hijo de español nacionalizado o comunitario con un año de residencia.
17. Modificaciones de la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia.
18. Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena.
19. Compatibilidad de la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la de residencia y trabajo por cuenta propia.
20. Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena.
21. Modificaciones de las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena, siempre que la modificación no afecte a un ámbito territorial distinto de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
22. Autorizaciones para los trabajadores extranjeros por cuenta ajena para la cobertura de puestos de confianza.
OFICINAS DE EXTRANJERÍA:
PUEDES ACCEDER A LAS DIFERENTES UNIDADES DE EXTRANJERÍA DEL ESTADO ESPAÑOL PULSANDO EL ENLACE CORRESPONDIENTE. En él verás las direcciones, teléfonos, horarios, email, …así como los trámites que puedes realizar en cada oficina:
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