LA PROPUESTA DESESTIMADA DEL PP:
– Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento, ambulance
A. Considerando que en España existe una profunda división dentro de la sociedad y de las fuerzas políticas en relación con la forma de hacer frente al terrorismo de ETA, cialis
B. Considerando que la cuestión de fondo de este debate radica en la reivindicación de un derecho de autodeterminación para el País Vasco que implica la alteración de las fronteras internas de la Unión Europea, medstore
C. Considerando que organizaciones legalmente clasificadas como terroristas tanto por las instituciones españolas como por las de la Unión Europea vienen desempeñando un papel sobresaliente en el impulso de esta reivindicación, al mismo tiempo que continúan desarrollando sus actividades de extorsión y otras formas de terrorismo en las calles sin renuncia a la violencia,
1. Declara que, ante el papel protagonista que organizaciones terroristas desempeñan en el proceso abierto en España, se hace necesario recordar la indignidad moral y política que supone cualquier clase de concesión política a las mismas;
2. Declara que la Unión Europea no puede aprobar procesos que ponen en riesgo los
principios de democracia y Estado de Derecho, por lo que rechaza categóricamente
cualquier pretensión de alterar la integridad territorial de un Estado miembro;
3. Declara que, desde la coincidencia plena con el sentir abrumadoramente mayoritario de las víctimas del terrorismo, no se han producido los cambios necesarios en la organización terrorista ETA, ni se dan las condiciones establecidas en la Resolución del Congreso de los Diputados de 20 de mayo de 2005 que justifiquen un cambio en la política antiterrorista definida por el Pacto por las libertades y contra el terrorismo suscrito el 8 de diciembre de 2000 por las dos fuerzas políticas mayoritarias en España, a saber, el Partido Popular y el Partido Socialista Obrero Español;
4. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
LA PROPUESTA APOYADA POR TODOS LOS GRUPOS MENOS EL PP:
– Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,
1. Hace suya la Declaración del Consejo Europeo de 23 y 24 de marzo de 2006 bajo
Presidencia Austriaca, en la que «el Consejo celebra la noticia dada por el Presidente del Gobierno español sobre el anuncio de un alto el fuego permanente hecho por el grupo terrorista ETA»;
2. Apoya la comunicación del Presidente del Parlamento Europeo Josep Borrell de 22 de
Marzo de 2006 a tenor de la cual «es una buena noticia para la sociedad española y para toda Europa, que demuestra que se puede combatir el terrorismo desde la fuerza de la democracia; es un momento para demostrar serenidad y prudencia; es un momento para recordar a las muchas víctimas del terrorismo; y es un momento para la esperanza, para la unidad de todas las fuerzas políticas democráticas»;
3. Pide al Consejo y a la Comisión que actúen en consecuencia;
4. Condena la violencia porque es moralmente inaceptable y absolutamente incompatible con la democracia;
5. Expresa su solidaridad con las víctimas del terrorismo;
6. Apoya la lucha contra el terrorismo y el proceso de paz en el País Vasco en los términos fijados por el Congreso de los Diputados de España en su Resolución de 20 de Mayo de 2005, según la cual «convencidos como estamos de que la política puede y debe contribuir al fin de la violencia, reafirmamos que, si se producen las condiciones adecuadas para un final dialogado de la violencia, fundamentadas en una clara voluntad para poner fin a la misma y en actitudes inequívocas que puedan conducir a esa convicción, apoyamos procesos de diálogo entre los poderes competentes del Estado y quienes decidan abandonar la violencia, respetando en todo momento el principio democrático irrenunciable de que las cuestiones políticas deben resolverse únicamente a través de los representantes legítimos de la voluntad popular. La violencia no tiene precio político y la democracia española nunca aceptará el chantaje de la violencia»;
7. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados Miembros.