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ONGI ETORRI

AYUDAS ECONÓMICAS A LOS CENTROS VASCOS-EUSKAL ETXEAK, POR LOS CURSOS DE EUSKERA IMPARTIDOS

Oct 30, 2018

En el BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO núm. 208 de 29 de octubre de 2018 se publica hoy una disposición del INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE que regula las subvenciones para la promoción de la enseñanza de la lengua vasca en las Euskal Etxeak del mundo.

OBJETO: Serán subvencionables los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2018 y septiembre de 2019
IMPORTES DE LA CONVOCATORIA: 54.000 euros para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en el período octubre-diciembre de 2018, 180.000 euros para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en el período enero-septiembre de 2019
SOLICITANTES BENEFICIARIOS: Centros Vascos-Euskal Etxeak, y Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak (ver los requisitos que han de presentar las entidades en el BOPV)

Requisitos de los cursos de orden académico: a) El Currículo Básico de Enseñanza de Euskera a Personas Adultas establecido por HABE será el referente de su actividad. b) Los cursos deberán tener una intensidad mínima de tres horas semanales. El número mínimo de alumnos para la formación de grupo será de seis, y el promedio de los grupos será, como mínimo, de ocho alumnos.

SOLICITUDES Y PLAZO PARA LA ENTREGA DE LAS MISMAS
Las solicitudes se formularán mediante el modelo normalizado que figura como Anexo I o a través del modelo disponible en la página web www.etxepare.eus , y se remitirán a la Directora General de IVE, en la siguiente dirección: Instituto Vasco Etxepare, Plaza de las Cigarreras, 1, Edificio Tabakalera, 3.ª planta, 20012 San Sebastián.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación

Cuantía de la subvención. El módulo por hora/grupo que se aplicará a las subvenciones correspondientes a los euskaltegis de Centros Vascos-Euskal Etxeak será de 11,50 euros. En el caso de que el importe señalado en el artículo 2 de esta convocatoria fuera insuficiente para hacer frente a las necesidades solicitadas, se procederá al prorrateo de la subvención entre las entidades beneficiarias.
ENLACE DEL BOPV PARA ACCEDER A TODA LA INFORMACIÓN:
https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2018/10/1805292a.pdf