Como cada año, la Secretaria General de Acción Exterior del Gobierno Vasco convoca estas prestaciones económicas. Serán un total de 212.000 euros (similar a otros años) para ayudas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero.
Para la concesión de las ayudas se valorará la gravedad de la situación acreditada en las solicitudes, en base a las siguientes circunstancias:
a) Situación económica familiar en relación con la renta media del país: hasta 5 puntos.
b) Gravedad de la contingencia sanitaria o de la situación de extrema necesidad: hasta 15 puntos.
c) Adecuación de la cantidad solicitada para hacer frente a la necesidad acreditada: hasta 5 puntos.
Las personas interesadas en acceder a estas ayudas, que cumplan los requisitos exigidos en el Decreto 222/2003, de 30 de septiembre, deberán dirigirse a los Centros Vascos, para la convalidación y tramitación de las solicitudes. Los socios/as de los Centros Vascos se dirigirán a sus propios Centros, y los miembros de las Colectividades Vascas que no sean socios/as de ningún Centro Vasco se dirigirán a cualquiera de ellos con sede en su demarcación territorial o, en su defecto, a alguno de los existentes en su país de residencia.
Tras ello, los Centros Vascos deberán presentar las solicitudes firmadas por las personas interesadas, según el modelo que se adjunta y que podrá encontrarse en la página web www.euskadi.eus/euskaldunak, ESTE ENLACE, y con la documentación que en el mismo se requiere, a la siguiente dirección:
Secretaría General de Acción Exterior.
Lehendakaritza.
c/ Navarra, 2.
01007 Vitoria-Gasteiz.
Las solicitudes podrán asimismo presentarse en cualquiera de las formas indicadas por el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PLAZO: Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente a de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Documentos que deben presentarse:
– Certificado de los ingresos económicos anuales de la unidad familiar o, en caso de imposibilidad de presentarlo, una declaración jurada, avalada por la autoridad competente.
– Informe de los valores inmuebles que posea la unidad familiar.
– Acreditación de la pertenencia a la Colectividad Vasca.
– Informe sobre la situación de la persona interesada emitido por el Centro Vasco al que corresponde la tramitación de su solicitud.
– Presupuesto de los conceptos de gasto para los que solicita la ayuda económica.
– Las solicitudes para ayudas sanitarias deberán aportar los certificados médicos, exponentes de la situación sanitaria y justificantes de la situación de extrema necesidad y/o de los gastos que ocasiona la asistencia sanitaria.
MÁS INFORMACIÓN, EN ESTE BOPV NÚMERO 204 DE 25 DE OCTUBRE DE 2022
(En el PDF del enlace anterior aparecen también los impresos de solicitud)