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Retorno voluntario. Ampliacion de informacion

(ACTUALIZACIÓN: Esta información es de 2008. Se haya actualizada y completa en la siguiente página: http://ibasque.com/programas-de-retorno-de-inmigrantes/

Por favor, leed los comentarios de esta entrada pero luego  id  a la página referida antes de realizar preguntas)

Una vez más, expongo algunos datos más sobre el programa de Retorno voluntario que tantas dudas y preguntas me ha supuesto en el blog desde que allá en junio de 2007 incluí una primera entrada sobre ello. Posteriormente, cuando se había publicado la Ley, aunque no desarrollado todavía, en octubre de este año, expuse todas las características de la misma. Finalmente volví a ampliarlo el mes pasado, en noviembre de 2008, con la actualización titulada Plan de retorno de inmigrantes desempleados puesto que el 11 de noviembre, por fín, se publicó el desarrollo de la Ley con el Real decreto 1800/2008, de 3 de noviembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origend. En dicha entrada ya se exponían diversos enlaces suficientes así como la lista de países con Convenios, Resumen del Decreto Ley, objetivos, requisitos, pdfs explicativos….

Hoy vuelvo a incidir con el tema puesto que son bastantes las personas que se han interesado. Esta vez me ayudo de la magnífica web migrar.com donde se informa sobre las Jornadas que ha celebrado AESCO al respecto y se dan nuevas informaciones útiles para aquellas personas que desean regresar a tu país de origen. Resumo dicha información y quien lo desee puede ampliarla  pulsando en el enlace de migrar.com o en la actualización de este blog de novienbre puesta en el primer párrafo:

En realidad son dos programas diferentes:

-Retorno voluntario, dirigido a personas inmigrantes no comunitarias, regulares o irregulares sin recursos económicos y que lleven más de seis meses en España (este programa está financiado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y los requisitos mínimos son: Encontrarse en situación de carencia y vulnerabilidad social y  Residir en España por un tiempo no inferior a seis meses. Está apoyado en organizaciones como Cruz Roja, Accem y Cear por lo que las personas interesadas pueden ponerse en contacto con alguna de ellas.

-Además, el otro programa de Retorno, el que recoge el decreto ley de 3 de noviembre es el que establece el “pago anticipado de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen”. Está gesionado por el Instituto Nacional de EMpleo (INEM) y son estos los requisitos:

Puedes informarte en la página web del INEM que trata este programa (con información detallada, teléfonos de conssulta, posibilidad de hacer la solicitud on-line, tramitaciones…. éste es el enlace: Servicio Público de Empleo Estatal

Espero que estas informaciones, junto a los enlaces existentes en la página web de migrar.com sirvan para ya poder disipar algunas importantes dudas que se han planteado en este blog.

Un abrazo y suerte.

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Entradas casi relacionadas o.. al menos te entretienes un poco:

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Comentarios

quiero volver a mi pais como puedo hacerlo a donde tengo q ir o llamar.

[...] Entonces, ¿Qué mueve a las personas inmigrantes, que desean regresar,a no poder o querer hacerlo? Lo principal…el hecho de que luego, deben entregar ese permiso de trabajo que tanto les costó conseguir y durante al menos 3 años, no pueden regresar a España Lo segundo….muchas personas inmigrantes están en paro pero no cobran el paro, no tienen papeles…y las ayudas de las ONGs son insuficientes. Retrasos…, muchos expedientes de ayudas de ONGs están tardando meses en poder realizarse Bienes materiales propios ¿qué hacen esas personas sin recursos con la Televisión, electrodomésticos, coche o cualquier otro bien que tanto les ha costado adquirir, aunque sea de segunda mano?, ¿los malvenden aquí? Incluso hay paises que cobran unos impuestos desorbitados por ese ingreso del 60% del paro que cobrarían alli por lo que el dinero se les reduce considerablemente. Este Plan debe ser revisado convenientemente si se quiere beneficiar a esta población más marginada social y económicamente. Yo me siento muchas veces incapaz de contestar los comentarios y preguntas que muchos me hacen a traves del email o del blog aunque seguiré indagando, preguntando, vertiendo informaciones saneadas en el blog…porque toda esta gente merece la pena. Las anteriores entradas donde trataba este tema podéis verlas en los siguientes enlaces,. No olvidéis revisar los comentarios, algunos clave para quizá tu situación concreta. Un saludo y suerte a todas/os. ENLACES en este mismo Blog: Retorno-voluntario-ampliacion-de-informacion [...]

Leer el mundo blog, bastante bueno

Hola Maris. ¿cual es el enlace de el mundo blog que comentas?
Bienvenido/a.

hola! soy ecuatoriana madre soltera mi hijo esta legal en españa estoy 9 naños aqui en españa cotisados mas de cinco años, estoy cobrando el paro y se me acaba dentro de poco estoy a punto de volverme loca. Necesito saber si me puedo acojer al retorno voluntario, que ayudas me pueden dar y si me pueden dar el subsidio, lo que cobro,me llega para el alquiler y apenas pa comer, mi hijo tiene 11años esta en el colegio y tengo l aprestacción asta 21 de mayo de 2010,en junio ya no tengo dinero, tengo que irme que ago? nesecit saber que ayuda tengo. por favor y gracias. aaaaaah y vivo en vitoria pais vasco.

Hola a todos/as.
He realizado una nueva entrada sobre el tema y también he realizado una página estática donde expongo resumido todos y cada uno de los programas de retorno existentes, espero que dichas páginas resuelvan todas las dudas planteadas porque me es imposible responder a cada comentario individualmente
Gracias
Juan
Entrada nueva:
http://ibasque.com/subvenciones-para-el-retorno-voluntario-de-personas-inmigrantes-programas-asistenciales/
Y el enlace a la página estática, más completa aún, es:
http://ibasque.com/programas-de-retorno-de-inmigrantes/

Hola Fabiola, en esa página que comentaba en el comentario anterior puedes enterarte porque está todo bien resumido (creo). Yo también soy de Vitoria y en Cruz Roja me informaron bien. Si quieres me escribes y te doy algun teléfono.
Juan

hola mi pregunta es la siguiente : hablabas de unos impuestos que se cobran al recoger el 60% en el pais de horigen ,estos impuestos de cuanto pueden llegar a ser yo soy de uruguay. desde ya muchas gracias

leticia, no son impuestos. A lo que creo que te refieres es al programa de retorno cobrando el paro, no?. Al principio de la entrada he puesto un enlace a una pagina donde está toda la informacion actualizada. Si un inmigrante se ha quedado sin trabajo pero tiene derecho a la prestacion por desempleo (al ‘paro’), puede acogerse a ese programa y cobrara aqui el 60 % de toda la prestacion y el resto en su pais de origen, una vez haya regresado. Puedes preguntar en caritas o cruz roja. Lee esa pagina que te decia al principio, por favor. Suerte. Juan

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